DEMUNA

MISIÓN

Promover, defender, y vigilar los derechos que la legislación reconoce a las niñas, los niños y adolescentes.

VISIÓN

Niños, niñas y adolescentes que ejerzan libremente sus derechos con igualdad de oportunidades, que accedan a servicios de calidad y participen en la promoción, ejercicio y defensa de sus derechos en conjunto con las instituciones del estado, de la sociedad civil y la comunidad; desarrollándose plenamente en el seno de su familia, de su comunidad, en un ambiente sano, con identidad, libre de violencia y estilos de vida saludable.

FUNCIONES

En el artículo 45 de la Ley N° 27337 Código de los Niños y Adolescentes:

  • Conocer la situación de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas.
  • Intervenir cuando se encuentren amenazados o vulnerados sus derechos para hacer prevalecer el principio del interés superior.
  • Promover el fortalecimiento de los lazos familiares. Para ello puede efectuar conciliaciones extrajudiciales entre cónyuges, padres y familiares, sobre alimentos, tenencia y régimen de visitas, siempre que no existan procesos judiciales sobre estas materias.
  • Conocer de la colocación familiar.
  • Fomentar el reconocimiento voluntario de la filiación.
  • Coordinar programas de atención en beneficio de los niños y adolescentes que trabajan.
  • Brindar orientación multidisciplinaria a la familia para prevenir situaciones críticas, siempre que no existan procesos judiciales previos.
  • Denunciar ante las autoridades competentes las faltas y delitos cometidos en agravio de los niños y adolescentes. 

Quienes Pueden Acudir a la DEMUNA

  • Los propios niños, niñas y adolescentes.
  • Sus familiares.
  • Cualquier persona que conozca de una situación o problema que atente contra los derechos de los niños, las niñas y adolescentes.

Servicios que Ofrece

En la DEMUNA se concilia casos de:

Alimentos.- Es todo lo concerniente a vivienda, alimentación, educación, vestido, salud, capacitación y recreación. Asimismo, se considera los gastos de embarazo de la madre desde la concepción hasta la etapa del post – parto. Tenencia: Es un derecho de la patria potestad, por el cual uno de los progenitores, el padre o la madre, asume el cuidado de la niña, niño o adolescente y vive con el mismo. Procede cuando los padres están separados y desean determinar de común acuerdo quien asumirá la responsabilidad de criar al niño, niña o adolescente. La tenencia solo lo pueden solicitar los padres. Régimen de visitas: Es el derecho que tiene el padre o madre, que no vive con su hijo o hija, de mantener el contacto con el mismo.

La ventaja

Es confidencial toda la información que brindan las partes en la audiencia y cualquier procedimiento realizado en esta DEMUNA.

Económico porque todo tramite es gratuito y no se necesita la presencia de un abogado para resolver los conflictos, mejora las relaciones personales y familiares.